Afiliación a EPS
Te afiliamos a la EPS como independiente para que tengas acceso a salud. Gestionamos todo el proceso por ti.
Nómina y PILA en la nube
Liquida y paga tu PILA, gestiona afiliaciones y nómina desde un solo lugar. Para independientes y empresas en Colombia.
Servicios
Soluciones integrales para la gestión de nómina, seguridad social y administración empresarial en Colombia.
Te afiliamos a la EPS como independiente para que tengas acceso a salud. Gestionamos todo el proceso por ti.
Realizamos tu afiliación al fondo de pensiones cuando sea necesario, asegurando tu futuro financiero.
Te vinculamos a la Administradora de Riesgos Laborales para protegerte ante accidentes y enfermedades laborales.
Gestionamos tu afiliación a la caja de compensación familiar para que accedas a subsidios y beneficios.
Te asesoramos para que pagues tu seguridad social correctamente, evitando errores y sanciones.
Gestionamos de manera eficiente el proceso de traslado entre Entidades Promotoras de Salud (EPS).
Inscribimos tu empresa en la EPS, ARL, fondo de pensión y caja de compensación para que cumpla con la ley.
Afiliamos a tus empleados en EPS, ARL, pensión y caja de compensación. Nos encargamos de todo el trámite.
Habilitamos los portales de las EPS, ARL, pensión y caja de compensación para que gestiones todo en línea.
Realizamos los aportes a seguridad social de todos tus empleados a través de la Planilla Integrada PILA.
Elaboramos derechos de petición ante EPS por negación de medicamentos, cirugías o incapacidades.
Facilitamos el proceso de traslado de EPS para tus empleados, garantizando una transición eficiente.
Calculadora de aportes
Escribe tu ingreso y te mostramos al instante el valor de salud, pensión, ARL y caja de compensación con las tarifas vigentes de 2026.
Como independiente cotizas sobre el 40% de tu ingreso (IBC), mínimo 1 y máximo 25 salarios mínimos.
Salario mínimo 2026: $1.750.905.
Para independientes por cuenta propia o contratos que incluyen comprar materiales o subcontratar (Ley UGPP). ¿Qué es?
Cotizas sobre el 40 % del valor mensual del contrato (IBC). Si el contrato dura varios meses, indícalo abajo y lo dividimos.
Se resta el 62,89 % como costo presunto y cotizas sobre el 40 % de lo que queda.
Persona jurídica: no paga salud patronal, SENA ni ICBF por salarios menores a 10 SMMLV.
Total a pagar al mes
$0
Ingreso base de cotización (IBC): $0
Valores de referencia con SMMLV 2026 ($1.750.905) y aproximados al múltiplo de $100 superior, como en la PILA. No incluye intereses de mora. El valor final puede variar según tu operador y tu situación particular.
Escribe tu cédula o NIT y te mostramos tu fecha límite de pago, contando solo días hábiles.
Solo usamos los dos últimos dígitos. No guardamos este dato.
Plazos del Decreto 1990 de 2016 (Decreto 780 de 2016, art. 3.2.2.1): el día hábil depende de los dos últimos dígitos del documento. No se cuentan sábados, domingos ni festivos.
Escribe tu documento para ver tu fecha de pago.
Presunción de costos
Si trabajas por cuenta propia o tu contrato te obliga a comprar materiales o pagar personal, gran parte de lo que recibes no es ganancia. La ley te permite restar esos costos antes de calcular tu seguridad social. Y si no tienes facturas de todos ellos, la UGPP te deja usar un porcentaje ya definido según tu actividad: eso es la presunción de costos.
Lo que recibiste en el mes, sin incluir el IVA.
Un porcentaje fijo según tu actividad económica (CIIU). En construcción es el 62,89 %; en comercio, el 66,97 %.
Ese valor es tu ingreso base de cotización (IBC). Nunca menor a 1 ni mayor a 25 salarios mínimos.
Contratista de construcción por cuenta propia, sin facturas de todos sus costos.
| Sin presunción | Con presunción | |
|---|---|---|
| Costos restados | $0 | $62.890.000 |
| Base de cotización (IBC) | $40.000.000 | $14.844.000 |
| Salud · 12,5 % | $5.000.000 | $1.855.500 |
| Pensión · 16 % | $6.400.000 | $2.375.100 |
| Fondo de solidaridad | $800.000 | $148.500 |
| Total | $12.200.000 | $4.379.100 |
Cálculo con SMMLV 2026 ($1.750.905). No incluye ARL ni caja de compensación, que se suman según tu caso.
Sí aplica
No aplica
¿Tienes facturas de tus costos? Puedes usar tus costos reales con soportes válidos (artículo 107 del Estatuto Tributario) en lugar del porcentaje presunto, si te conviene más.
La UGPP puede revisar. Puede pedirte los soportes y cruza la información con tu declaración de renta. Si no los tienes, aplica el porcentaje de tu actividad principal.
Mes con ingreso bajo. Si después de restar los costos te queda menos de un salario mínimo, ese mes no estás obligado a cotizar.
Normas vigentes. Ley 2277 de 2022 (art. 89), Decreto 379 de 2026 y Resolución UGPP 532 de 2024, que rige desde mayo de 2026. Para meses anteriores aplicaban otros porcentajes.
Porcentajes de la Resolución UGPP 532 de 2024 por sección CIIU. Si tienes varias actividades, se aplica el porcentaje de cada una a sus ingresos. El transporte público de carga por carretera tiene una tabla especial.
Información general basada en la normativa vigente a octubre de 2026. No reemplaza la revisión de tu caso particular: escríbenos y te ayudamos a liquidarlo correctamente.
Sobre nosotros
Sistema Montero es una plataforma colombiana especializada en la gestión de nómina y seguridad social. Nacimos con el propósito de simplificar los procesos administrativos que consumen tiempo y recursos a las empresas.
Nuestro software en la nube permite a independientes, pymes y grandes empresas liquidar y pagar sus aportes a PILA de forma rápida, segura y sin complicaciones.
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